Cliente recupera más de 10.000€ por dos tarjetas de crédito

Un nuevo caso de éxito de nuestro despacho, esta vez se trata  un vecino de Güímar, quien estaba atrapado en la deuda de dos tarjetas de crédito WIZINK BANK, S.A. La entidad financiera incluso había incluido al cliente en un fichero de morosos dado que éste no podía hacer frente a las altas cuotas de las tarjetas de crédito.

Tras la presentación de las demandas, el Juzgado ha estimado que ambos contratos eran usurarios por contener un tipo de interés del 24 y 26,82% respectivamente, por lo que la entidad financiera tendrá que devolver todos los intereses que ha cobrado indebidamente, que en este caso ascienden a más de 10.000€. Además de ello la supuesta deuda que tenía el cliente con la financiera queda totalmente cancelada.

El pasado año 2020 la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha fijado doctrina en lo que se refiere a las tarjetas de crédito y cuándo deben declararse usurarias.  Todos aquellos contratos cuyo tipo de interés supere en una quinta parte el tipo de interés medio publicado por el Banco de España para la fecha del contrato, debe considerarse que es notablemente superior, y manifiestamente desproporcionado,  lo que supondría la declaración de nulidad del contrato.

Todos los Juzgados de la Isla de Tenerife han acogido este criterio, y por lo tanto declaran la nulidad de todos los contratos que cumplen con los requisitos señalados por la Audiencia Provincial.

Las entidades financiera han optado por bajar los tipos de interés en un intento de evitar las demandas, sin embargo, para valorar si el contrato es usurario o no, debemos tomar en cuenta el tipo de interés inicial del contrato, pues se trata de una nulidad originaria, radical y absoluta.

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