INFORME DE VIVIENDA ADECUADA EN CANARIAS.

informe de vivienda adecuada
informe de arraigo en Canarias

La normativa de extranjería exige en algunos supuestos, para poder obtener un permiso de residencia, o incluso para su renovación, aportar un informe de vivienda adecuada.

        Se trata de un documento que, como su nombre indica, tiene la finalidad de acreditar que se cuenta con una vivienda con condiciones adecuadas de habitabilidad. Lo primero que debemos tener en cuenta es que no importe el título por el cual se ostenta el uso de la vivienda, siempre y cuando se acredite el mismo, es decir, puede ser una vivienda propia, una vivienda en régimen del alquiler, etc. Así mismo, el citado título que habilite para la ocupación de la vivienda se entenderá referido al extranjero reagrupante o a cualquier otra persona que forme parte de la unidad familiar. 

        Uno de los supuestos en los cuales se solicita este informe es el de los permisos de residencia por reagrupación familiar. Y la Ley establece que será la Comunidad Autónoma quien en cada caso deba emitir el informe, siendo posible que en algunas comunidades autónomas se establezca que sean los Ayuntamientos los que emitan el citado informe.

        En la práctica, el informe varía considerablemente entre unas comunidades autónomas y otras, sin embargo, existe un contenido mínimo que se establece legalmente, y es que el informe debe señalar, al menos: título que habilite para la ocupación de la vivienda, número de habitaciones, uso al que se destina cada una de las dependencias de la vivienda, número de personas que la habitan y condiciones de habitabilidad y equipamiento.

        En Canarias el Organismo que emite el informe es la  Sección de Inmigración de la Consejería de Derechos Sociales Igualdad, Diversidad y Juventud del Gobierno de Canarias. Entre los documentos que se deben aportar se encuentran: El título que habilita a ocupar la vivienda, el NIE del interesado, y el Certificado de Convivencia emitido por el Ayuntamiento.

        El tiempo que se tarda en obtener el citado informe una vez presentada la solicitud varía dependiendo de la carga de trabajo del organismo público que lo emite, debiendo señalar que suele ser muy bien gestionado por los funcionarios que trabajan en dicha sección, y el informe nunca suele tardar más de un mes.

        Si tienes cualquier duda puedes consultarnos haciendo clic aquí.

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